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Resolución 666 de 2022 - Ampliación de Estado de Emergencia (excepción mora en PILA)

Compartimos la Resolución 666 de 2022, expedida por parte del Ministerio de Salud y la Protección Social, cuya normativa en su artículo 1°, amplia el estado de emergencia sanitaria hasta el 30 de junio de 2022.

Teniendo en cuenta que el Decreto Ley 538 de 2020 contempla que la excepción de intereses de mora para el pago de aportes estará vigente hasta el cierre del estado de emergencia más un mes adicional, este beneficio se extenderá hasta el  próximo 31 de julio de 2022 en nuestros procesos de liquidación.
 

Recuerda algunos datos de referencia de esta excepción: asignadas a los clientes. 
* Aplica para planillas a partir de periodo de liquidación otros subsistemas marzo de 2020. Para periodos anteriores aplica la tasa de usura configurada mensualmente, de acuerdo con la fecha del pago.
* No aplica para las planillas A-Cotizantes con novedad de ingreso; X-Pago de empresas en proceso de liquidación; M-Planilla de mora; O-Obligaciones Determinadas por la UGPP de acuerdo a sus características.
* No aplica al tipo de planilla N-Correcciones cuando se trate de corrección de información (sin valor) o pago de retroactivos (sector oficial); este escenario ya contempla el beneficio.
* Aplica para los módulos PE-Portal Empresas y SA-Soporte Aportantes, preliquidación asistida y electrónica.
* No genera revalidación de planillas; el valor a pagar se actualiza en el proceso de pago (PSE). Para planillas asistidas se calcularán los valores tal como se realiza con el cambio de tasa mensual.
* Sobre planillas de periodos anteriores a marzo de 2020 que se hayan pagado con mora, no hay ningún ajuste ni corrección a realizar a partir de la liquidación.

Este ajuste se realizará sobre nuestras plataformas de liquidación y no representa cambios sobre las planillas previamente.