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Conoce los cambios normativos de la Resolución 2012

Estos son los cambios que se implementan en la plataforma SOI

El Ministerio de Salud y protección Social emitió la Resolución 2012 el 20 de octubre la cual tendrá los siguientes cambios e impacto en la PILA. Es importante mencionar que estos cambios se implementarán a partir del 01 de Diciembre de 2022.

Principal cambio que presenta y que tiene ajustes en la estructura del archivo plano y liquidación en línea de la PILA es:

Adición del campo 98 (Actividad económica para Administradoras de Riesgos Laborales).

Este nuevo campo es significativo ya que se tiene que ajustar la estructura de los archivos de las empresas y afecta a todos los aportantes, clientes y usuarios, se debe reportar el código de la actividad económica para las Administradoras de Riesgos Laborales.

  • Es un campo obligatorio para los cotizantes que aportan a Riesgos Laborales a excepción del tipo de cotizante "57 - Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales “.
  • Cuando el aporte no aplique se debe diligenciar en 0.
  • Campo de 7 caracteres numérico.
     
       Clase de Riesgo (1 al 5)         Campo actividad       económica (Código CIIU)Campo de Subactividad                          económica
                                         1                            1234                                  1 1

Este campo aplica para los periodos de cotización de noviembre de 2022 en adelante, para periodos anteriores la información se debe diligenciar con ceros.

Validación para aprendices.

Esta validación está dirigida para los aportantes que utilicen en la PILA los tipos de cotizantes 12 “Aprendices en etapa electiva” y 19 “Aprendices en etapa productiva”.

Cuando los aportantes utilicen estos tipos de cotizantes el operador SOI debe validar que se encuentre la información en el archivo “Reporte de Aprendices” que se deben reportar y/o estar registrados en la base de datos que actualiza el SENA y es enviado por el Ministerio a los operadores de información.

SOI realizará las validaciones mencionadas para la liquidación en línea o por archivo plano, en caso de no encontrar la información se genera un mensaje donde se notifica que no puede liquidar a este aprendiz.

Validaciones para los subtipos de cotizante 03 y 04

  • Esta validación está dirigida para los aportantes que utilicen en la PILA, los subtipos de cotizantes 03 “No obligado a cotizar pensión por edad” 04 “Con requisitos cumplidos para pensión mínima o para indemnización sustitutiva o devolución de saldos”.

Para permitir el uso de estos subtipos de cotizantes, el operador de información debe validar que el cotizante NO se encuentre relacionado en el archivo "REPORTE DE PERSONAS NO AUTORIZADAS PARA EL USO DE LOS SUBTIPOS DE COTIZANTE 3 o 4" dispuesto por el Ministerio. Cuando el cotizante se encuentre reportado en este archivo, no le permitirá el uso de este subtipo de cotizante "y deberá cotizar obligatoriamente al Sistema General de Pensiones.".

Otros cambios

Inhabilitación de la planilla X.

  • A partir del 01 de Diciembre el tipo de planilla X “ Planilla para el pago de empresas en proceso de liquidación, reestructuración o procesos concursales” no podrá ser utilizada en los operadores de información para la liquidación y pago de seguridad social, se debe utilizar el tipo de planilla E – Planillas empleados.
     
  • Creación indicador de UGPP 12 “ indicador "12 - Pago únicamente de intereses de mora para los subsistemas diferentes a pensión"
     
  • Modificación en la liquidación planillas O y U
    • O- Planilla obligaciones determinadas por la UGPP.
    • U - Planilla de uso UGPP para pago por terceros.
  • Se permitirá el pago únicamente de intereses de mora para los subsistemas diferentes a pensión.
  • El aportante deberá reportar en el registro tipo 2, el tipo y número de identificación, nombres y apellidos de los cotizantes reportados en la planilla en la cual existe diferencia en el pago de intereses de mora, el tipo de cotizante y el código de la Administradora a la cual se están pagando los intereses de mora.
  • Los demás valores del registro tipo 2 se dejan en blanco, cero o N (No), según corresponda
  • El Operador de Información le permitirá al aportante reportar el valor de intereses de mora determinado por la UGPP.
  • El valor de intereses de mora deberá ser redondeo de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2.1.5 del Decreto 780 de 2016.
  • Cuando se utilice este indicador el aportante no deberá reportar novedades ni múltiples líneas.

Cambio en la liquidación aportes cotizante 33.

Para los Independientes que realizan el aporte a través del cotizante 33 (Beneficiado del fondo de Solidaridad Pensional), deben realizar el aporte a caja de compensación familiar de manera obligatoria.

Aportes a subsistemas antes de resolución.

Subsistema Obligatoriedad

                           Pensión                Obligatorio
                             Salud                 Obligatorio
                                ARL                    Opcional
                                CCF                    Opcional

Aportes a subsistemas después de resolución.

Modificación de pagos Subtipo de cotizante 5 “ Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos"

  • Cuando el cotizante aporte al Sistema General de Pensiones, el operador de información debe validar que el cotizante NO se encuentre relacionado en el archivo "INFORMACIÓN DE PERSONAS PENSIONADAS" dispuesto por este Ministerio mensualmente en el FTP seguro de cada operador de información con el tipo de pensión "20- Devolución de Saldos" o "21 — Indemnización sustitutiva"
     
  • En caso, de encontrarse incluido en dicho archivo", la tarifa a reportar debe ser cero, y el operador de información informará al aportante, que ese cotizante se encuentra en el archivo de "INFORMACIÓN DE PERSONAS PENSIONADAS", debiendo reportar el subtipo de cotizante "5 - Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos", de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 1730 de 2001.

Ajuste a las tarifas de salud para los tipos de pensionados 7 y 8. “ 7- Pensionado de entidades de los regímenes Especial y de Excepción, con tope máximo de pensión de 25 SMMLV. 8 - Pensionado de entidades de los regímenes Especial y de Excepción, sin tope máximo de pensión”.

  • la tarifa al subsistema salud será 1,5%, para periodos de cotización en salud igual o superior a diciembre del 2008 y menor a diciembre del 2015.

como se modifica eso o como nos damos cuenta que tipo de actividad económica soy. y donde lo debo de ingresar

no dicen como se modifica eso, en el asistente virtual tampoco tienen eso y uno llaman y nadie contesta muy mal operador de planilla

 

No he podido pagar porque no se deja modificar los 7 dígitos de la actividad económica solo cuatro y no contestan en ninguna parte

Buenas tardes Es tan amable de informar, donde se encuentra la lista de las actividades económicas.

el primer número es el nivel de riesgo, los 4 siguientes es la actividad económica de la empresa y los dos últimos es el centro de trabajo, entonces si tengo nivel de riesgo 2 y mi actividad es 4761 y el centro de trabajo es 01 el número completo para poner en la planilla es 2476101, le dan continuar y ya no hay problema para generar la planilla. ​​​​​​​les dejo el link de positiva donde está el decreto. ​​​​​​​https://www.positiva.gov.co/documents/20123/1903607/DECRETO-768-16-MAYO-2022.pdf

Solo admite 4 dígitos y la actividad económica tiene 7 y no contestan para asesorar que se debe hacer en este caso

No pude cobrar el mes de noviembre ya que tenía fecha límite y sin la planilla pagada no podía cobrar, no contestan la web no brinda información para modificar la actividad Económica.

Buenos dias : Por qué parte se hace el cambio; nisiquera se por donde ingreso para cambiar el digito de 7 caracteres en la ARL ... ingresé como siempre para hacer el pago, sale un archivo de exel y ya ... llevo dos semanas llamando a las ARL y en ninguna contestan...

 

lo primero es identificar en el listado que ellos publicaron, el código de la actividad, luego ingresa a la planilla que  va a pagar, corre la barra hasta el extremo derecho y le da editar,   en información básica le da siguiente, en novedades le da siguiente, y en seguridad social en Riesgos Profesionales, en la cuarta casilla donde dice Actividad Económica: le pone el código de 7 dígitos, le da siguiente y luego guardar, ahí ya deja pagar normal

Como se reporta en archivo plano una línea donde la Empresa es exhonerada, pero si hay un empleado con salario integral y para  este empleado si se debe  pagar completo la salud.